Micelio
Auto29 de abril de 2014

A- de 2014

Ponente Gabriel Eduardo Mendoza Martelo

Demandante Ramiro Becerra Corso Vs Fondo Nacional Del Ahorro Y Otro

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Decreto 1382 de 2000 no establece competencia sino reglas de simple reparto
  • Normas que determinan la competencia
4 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Primero Civil del Circuito de Duitama y el Tribunal Superior de Santa Rosa de Viterbo en torno al trámite de la acción de tutela de la referencia.

Luego de reiterar el marco jurídico que determina la competencia en materia de tutela, la Sala Plena de la Corporación decide el asunto ordenando enviar el expediente al Juzgado Primero Civil del Circuito de Duitama, para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo de primera instancia a que haya lugar.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTO el auto proferido por el Juzgado
  2. Primero. Civil del Circuito de Duitama, el 14 de febrero de 2014, dentro de la accion de tutela promovida por el senor Ramiro Becerra Corso contra el Fondo Nacional del Ahorro y el Juzgado
  3. Cuarto. Civil Municipal de Duitama.
  4. Segundo. REMITIR al Juzgado
  5. Primero. Civil del Circuito de Duitama, el expediente que contiene la accion de tutela presentada por el accionante (ICC-1988), para que de manera inmediata tramite y adopte la decision de fondo de primera instancia a que haya lugar.
  6. Tercero. Por la Secretaria General de la Corporacion, COMUNICAR al Tribunal Superior de Santa Rosa de Viterbo, Sala Civil-Familia-Laboral, la decision adoptada en la presente providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.